Correo del Sur

Viernes 30 de junio del año 2006 Sucre - Bolivia

 


  DIPUTADOSQUIERE INVESTIGARLO POR SUPUESTO “AUTOGOLPE”  

Mesa solicita al Tribunal
anular decisión camaral


El Recurso Contra Resoluciones
Camarales fue planteado ante el
Tribunal Constitucional este mes

Sucre / CORREO DEL SUR

El ex Presidente de la República Carlos Mesa presentó ante el Tribunal Constitucional un recurso contra la Resolución de la Cámara de Diputados con la que se aperturó una investigación en su contra, ante la denuncia efectuada por el general Freddy Bersatti Tudela, respecto a la supuesta intención del ex Primer Mandatario, de entregar el mando presidencial a las Fuerzas Armadas y pretender el cierre del Congreso Nacional el año pasado.
En un memorial dirigido a la presidenta y magistrados de este Tribunal, Carlos Mesa expone que le fueron lesionados sus derechos fundamentales con la Resolución Camaral R.C. N 080/2006-2007, emitida por la Cámara de Diputados el pasado 1 de junio.
Su recurso contra resoluciones camarales o congresales señala que la investigación es tarea del Ministerio Público. La Resolución Camaral observada, encomienda a una Comisión de la Cámara de Diputados la investigación de supuestos hechos delictivos del ex presidente Mesa, realizados durante el ejercicio de sus funciones; pero él considera que tal intención está al margen de las competencias y procedimientos establecidos por la Constitución Política del Estado.
Señala que tratándose de investigaciones relativas a supuestos hechos ocurridos en el ejercicio de sus funciones como Presidente de la República, constitucionalmente, la única autoridad competente para intervenir en este tipo de investigaciones es el Fiscal General de la República, en el marco de un juicio de responsabilidades, y agrega que no puede ser investigado por ninguna Comisión del Congreso Nacional, de acuerdo a la Ley 2445 de Juicio de Responsabilidades y la Ley Orgánica del Ministerio Público (2175).
Asimismo, haciendo referencia a otras competencias del Fiscal General establecidas por Ley, aclara que el artículo 12 de la Ley 2175 da competencias al Poder Legislativo, a través de las Comisiones que designen las Cámaras, para investigar en juicios de responsabilidad contra ministros de la Corte Suprema, el Fiscal General, los magistrados del Tribunal Constitucional y los consejeros de la Judicatura, y no así en el caso de un Presidente Constitucional de la República.
Mesa Gisbert señala que fueron violados sus derechos y garantías constitucionales de defensa en juicio, el derecho a ser oído y juzgado previamente, en proceso legal y la garantía constitucional del juicio de responsabilidades.
Finalmente el recurrente a través de su memorial señala: "Solicito al Tribunal Constitucional declare fundado el presente Recurso y nula la Resolución Camaral N° 080/2006-2007 emitida por la Cámara de Diputados del Congreso Nacional el 1 de junio de 2006".

 

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